Os informamos en este post sobre una noticia muy importante. La nueva normativa de zonificación y segmentación de las botellas de la D.O. Cava. Desde enero de 2022 las etiquetas de las botellas contemplarán esta nueva normativa. El B.O.E. ha publicado de forma oficial esta nueva categorización de producto que dotará al consumidor de información sobre el producto y pondrá en valor el trabajo de los viticultores y bodegueros de la DO Cava.

Normativa denominaciones de Origen Cava

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha aprobado la nueva normativa elaborada en el seno de la DO Cava que permitirá poner en valor a su territorio, dando inicio a un nuevo comienzo en la historia del Cava. Se da así lugar a un período de implementación de elevada importancia que involucrará a todos los viticultores y bodegueros de la Denominación de Origen con el objetivo de juntos seguir elevando las características cualitativas de un producto singular de nuestro país.

El presidente del Consejo Regulador, Javier Pagés, destaca la importancia de la nueva normativa nacida en el seno de un nuevo plan estratégico aprobado por unanimidad por parte del pleno del Consejo Regulador. Javier Pagés afirma que “se ha apostado por la máxima trazabilidad y calidad”. De hecho, añade, “es el reglamento más exigente del mundo entre los espumosos de calidad con D.O. elaborados bajo el estricto método tradicional”. Todo ello supone situar a la D.O. Cava “a la vanguardia de las denominaciones de origen de vinos espumosos de calidad”.

Las diferentes denominaciones del Cava

Y pensaréis, ¿cuáles van a ser esas denominaciones?, bien, os explicamos con detalle:

  • Los Cavas de más de nueve meses, su denominación a partir de ahora será Cava de Guarda.
  • Los Cavas de 18 meses, serán Cava de Guarda Superior.
  • Los Cavas Reserva pasan de 15 a 18 meses de crianza.
  • Los Cavas Gran Reserva tendrán como mínimo 30 meses de crianza.
  • Los Cavas de Paraje Calificado (fruto de un paraje especial y con un mínimo de 36 meses de crianza), será 100% ecológica en 2025.

Por otro lado, los Cavas de Guarda Superior se elaborarán con uvas procedentes de viñedos inscritos en Registro específico de Guarda Superior del Consejo Regulador, que deberán cumplir los siguientes requisitos: viñas como mínimo de 10 años, viñas ecológicas (5 años de transitoriedad), viñas con rendimientos cualitativos específicos de máximo 10.000Kg / ha., elaboración por separado (trazabilidad desde la viña a la botella por separado), tiraje a partir de enero, constancia de la añada en etiquetado y producto ecológico (5 años de transitoriedad).

Zonificación de la D.O.Cava

La zonificación de la D.O. Cava se ha establecido en dos niveles, marcada por características climáticas, orográficas, históricas o humanas específicas que la justifican y aportan una identidad propia.

  1. Se ha determinado la zona de Comtats de Barcelona para englobar a los Cavas de la región de Cataluña (con las subzonas Valls d’Anoia-Foix; Serra de mar; Conca del Gaia; Serra de Prades i Pla de Ponent).
  2.  Del Valle del Ebro (con las subzonas Alto Ebro y Valle del Cierzo).
  3. De Viñedos de Almendralejo y de Levante (pendiente de decidir su nomenclatura definitiva).

Además, la exigente normativa nueva ha permitido crear un distintivo voluntario de elaborador integral para aquellas bodegas que prensan y vinifican el 100% de sus productos.

Cava es la D.O. española que más exporta, con más de un 70% de ventas internacionales. Reúne más de 38.000 hectáreas de viña y a más de 6.800 viticultores. Sus 370 bodegas asociadas están presentes en más de 100 países. El cava, armonía universal para la gastronomía, se elabora por el método tradicional con un estricto compromiso con el origen, la tierra y la sostenibilidad.

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*Información y noticia fuente: Tecnovino.com